May 28, 2024
En 2023 la Compañía aprobó el anexo de DDHH y Diversidad, Equidad e Inclusión (DEI), dirigido a proveedores y contratistas, el cual busca que proveedores y contratistas de Ecopetrol:
A través de su reglamento interno de trabajo en las actividades contratadas, Ecopetrol indica las normas laborales que todos los proveedores deben cumplir con sus trabajadores al realizar actividades para la empresa.
A través de nuestra Guía de Derechos Humanos manifestamos expresamente nuestro compromiso con el respeto de todos los Derechos Humanos. Los siguientes elementos son particularmente relevantes en la cadena de suministro:
Ecopetrol ha establecido una metodología y criterios para evaluar el desempeño, de manera que se aseguren relaciones contractuales con los mejores Contratistas de bienes y servicios, y se cumpla con los fines de la contratación, así mismo, la evaluación de desempeño de contratistas contempla la gestión integral de la sostenibilidad en la ejecución de los contratos, por lo cual, cuenta con criterios de evaluación para la gestión Ambiental, Social y Gobernanza (ASG).
Evaluamos el desempeño de nuestros contratistas con base en las siguientes tres gestiones y cinco criterios:
1. Gestión ambiental: Medir el cumplimiento del criterio “Aspectos HSE” con el fin de monitorear y reducir el potencial impacto negativo en las personas, el ambiente y las instalaciones durante de la ejecución de los contratos.
2. Gestión Social: Medir el cumplimiento de:
3.Gestión Gobernanza: Medir el cumplimiento de:
Con el ánimo de evaluar el desempeño de nuestros contratistas en asuntos relevantes en materia de DDHH, desde la Función de Abastecimiento, se identifican 3 criterios de evaluación con potencial impacto en este aspecto: 1) Aspectos Laborales y Comerciales, 2) Aspectos HSE y 3) Gestión de Entorno, sin embargo, cada criterio evaluado contempla diferentes variables adicionales a la gestión de DDHH. Con base en esto, tenemos:
1. Aspectos laborales y comerciales, aplica cuando el contrato cuenta con:
a. Cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales de tipo laboral o de seguridad social son: Si se evidencian incumplimientos de carácter laboral o de seguridad social que estén valorados como de muy alto o de alto impacto (consultar el Anexo 1 de este documento: “Incumplimientos Laborales considerados de alto y muy alto impacto”).
b. Cumplimiento de obligaciones contractuales de vinculación laboral de acuerdo con el compromiso presentado por el proveedor: Si se evidencian incumplimientos frente al compromiso presentado por el proveedor en la oferta comercial de: vinculación laboral inclusiva (cuando aplique) o vinculación de mano de obra local calificada superior al porcentaje establecido en la legislación (cuando aplique), estos deben ser tenidos en cuenta para la evaluación de este criterio.
c. Cumplimiento de obligaciones comerciales: Para evaluar el cumplimiento de las obligaciones con terceros (proveedores y subcontratistas) civiles o comerciales de los Contratistas, se deberá tener en cuenta el número de incumplimientos frente al número de meses de ejecución del contrato
2. Criterio de Aspectos HSE, este criterio aplica en contratos de servicios ejecutados:
d. Índice de Frecuencia Total de Casos Registrables (TRIF) (*)
TRIF: Índice de Frecuencia Total de Casos Registrables |
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Si TRIF <= Límite definido, obtendrá el 100% de los puntos |
e. HIPO: Evento de alto potencial con afectación a personas o al ambiente definidos de acuerdo con el estándar de ECP
HIPO: Evento de alto potencial con afectación a personas o al ambiente definidos de acuerdo con el estándar de ECP |
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HIPO = 0 obtendrá 100% de los puntos HIPO > 0 obtendrá 0 puntos |
4.Criterio Gestión de Entorno: Aplica cuando el contrato cuenta con el desarrollo de actividades operativas con potencial de generar conflicto con los grupos de interés en territorio, dentro de este criterio se consideran los siguientes aspectos: i) Incidentes de Entorno atribuibles a contratistas y/o ii) Quejas y reclamos con afectación al entorno.
a. Incidentes de entorno atribuibles a contratistas: La evaluación de este componente se realizará teniendo en cuenta el número de incidentes de entorno atribuibles al contratista.
f.Quejas y reclamos con afectación al entorno: Se tendrá en cuenta aquellas quejas y reclamos clasificados como válidos y atribuibles al contratista, relacionadas en el informe con temas de entorno por proveedores.
En el marco del relacionamiento de Ecopetrol con sus socios, se promueve el cumplimiento de los más altos estándares en materia de DDHH y empresa, tales como el establecimiento de procesos de debida diligencia, el monitoreo continuo de estos asuntos, el reporte oportuno a los grupos de interés, el respeto por la labor de los defensores de DDHH, el establecimiento de mecanismos de reclamación y reparación, entre otros. Así mismo, las empresas se comprometen a identificar impactos adversos que se puedan llegar a ocasionar en desarrollo de las operaciones.
Las actividades realizadas con nuestros socios son respetuosas de los DDHH lo que permite asegurar la debida diligencia en operaciones que se desarrollan en sociedad.