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TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PROGRAMA BACHILLERES ECOPETROL 2026

Bachilleres Ecopetrol Mario Galán Gómez, es un programa de inversión social voluntaria de Ecopetrol S.A., que promueve y reconoce la excelencia académica de estudiantes graduados de instituciones educativas públicas, tanto de zonas rurales como urbanas del país, así como de interés y operación de la compañía, a través del otorgamiento de becas completas para el acceso a educación superior de calidad.

Este Programa se fundamenta en la Estrategia de Gestión Integral del Territorio de Ecopetrol S.A., dentro de la opción de inversión social de Educación, permitiendo que jóvenes estudiantes destacados por sus resultados académicos en la Prueba Saber 11 realizada en el 2025, puedan tener acceso a educación superior con calidad, mejorando el capital humano, facilitando la movilidad social y contribuyendo al cierre de brechas.

Bachilleres Ecopetrol 2026, año en que se conmemoran 40 años interrumpidos del Programa, Ecopetrol, además de reconocer la excelencia académica, exaltará a jóvenes de todo el país que contribuyen con la convivencia, reconciliación y construcción de paz en sus comunidades.

El Programa asegura que la convocatoria tenga alcance nacional e incluya a estudiantes de grupos étnicos (población afrocolombiana, negra, indígena, palenquera, raizal y ROM), comunidades LGTBIQ+, estudiantes que enfrentan mayores barreras de inclusión socioeconómica, tales como personas con discapacidad, cuidadores, mujeres interesadas en áreas de formación STEAM (Ciencias, Tecnología, Ingeniería, Artes y Matemáticas), víctimas del conflicto armado, excombatientes, hijos/as de personal retirado o fallecido de la fuerza pública, entre otros, siempre y cuando cumplan con los requisitos de excelencia académica de la beca.

Dado el énfasis de aporte de construcción de Paz del Programa en 2026, al menos el 10% de los estudiantes seleccionados deberán haberse graduado de instituciones educativas públicas de municipios de la región de Catatumbo, en Norte de Santander y/o municipios PDET (Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial).

Ecopetrol S.A. publica el presente documento denominado términos y condiciones, el cual contiene información general sobre la convocatoria de la beca Bachilleres Ecopetrol Mario Galán Gómez 2026, en el marco del Reglamento Interno del Programa de Bachilleres Ecopetrol “Mario Galán Gómez” GDE-R-001 V6.

 

Del acceso y uso de la página Web 

  • 1.1. El acceso al sitio web por parte de los postulantes tiene carácter libre y gratuito.
  • 1.2. El sitio web está dirigido exclusivamente a los bachilleres, que ostenten un puntaje mayor o igual a 250 puntos en la Prueba Saber 11 del año inmediatamente anterior a la fecha de la postulación.
  • 1.3. El sitio web tiene por finalidad brindar al postulante la información necesaria y relacionada con la postulación.

 

Descripción General de la beca

En términos generales el programa incluye los siguientes beneficios: El 100% del valor de la matrícula universitaria para un período lectivo ordinario en universidades o programas acreditados de alta calidad por el Ministerio de Educación Nacional. Cubre el número de créditos, materias o semestres exigidos por la institución y aprobados según el pensum correspondiente. Adicionalmente cubre los derechos de grado; un auxilio semestral de valor fijo establecido anualmente por Ecopetrol, con el fin de sufragar costos de transporte, textos, útiles y demás gastos educativos en los que deba incurrir el estudiante; un auxilio semestral de valor fijo establecido anualmente por Ecopetrol S.A. para aquellos beneficiarios y las beneficiarias que adelanten estudios fuera del municipio de residencia de sus padres. Igualmente, el programa cuenta con un modelo de acompañamiento y seguimiento académico y psicosocial que busca apoyar a los beneficiarios y las beneficiarias con las necesidades que tengan en este nivel. Ecopetrol, reconoce los cursos de idiomas como prerrequisito de grado e igualmente el costo de los derechos de grado. 

 

Procedimiento de postulación.

 

El interesado deberá inscribirse en la página web de la empresa una vez se abra la convocatoria y deberá tener los siguientes requisitos:

 

  • a) Acreditar ciudadanía colombiana.

  • b) El o la postulante haya finalizado su educación secundaria en una institución educativa pública.

  • c) El puntaje total obtenido en la Prueba Saber 11, realizada en 2025, sea igual o mayor a 250 puntos.

  • d) El resultado de la Prueba Saber 11 corresponda al año anterior al de la entrega de la beca. El o la estudiante deberá cargar dicho resultado en la plataforma, y su idoneidad será verificada por el ICFES o quien haga sus veces a través del Ministerio de Educación Nacional."

  • e) La fecha de graduación del/de la postulante debe corresponder al mismo año calendario en que presentó la prueba Saber 11, es decir 2025.

  • f) El o la postulante deberá presentar un ensayo de máximo 500 palabras en el que describa y argumente por qué merece la beca, destacando sus motivaciones, metas y compromisos académicos. En el texto también podrá, en caso de que aplique, mencionar si ha participado en proyectos o actividades que aporten a la convivencia, la construcción de paz, la reconciliación y el fortalecimiento del tejido social en tu comunidad, explicando brevemente su rol y el impacto generado.

  • g) El o la postulante debe completar en su totalidad la información requerida en la plataforma dispuesta para su postulación.

  • h) El o la postulante debe estar incluido en el listado oficial entregado por el ICFES o quien haga sus veces, conforme a la caracterización de la población objetivo, definida por el Programa. La presencia en dicho listado constituye un criterio obligatorio para avanzar en el proceso de postulación.

 

Procedimiento de selección:

  • 4.1. El proceso de selección de Los beneficiarios y las beneficiarias  de la Beca será de completa discrecionalidad de la Empresa, y se realizará conforme a los parámetros establecidos en el documento interno de Ecopetrol S.A., denominado Reglamento GDE-R-001 V6.
  • 4.2. La población total beneficiaria de esta iniciativa voluntaria será de hasta cien (100) beneficiarios en 2026.
  • 4.3. Se entiende por postulante, todo estudiante que se haya inscrito a la convocatoria dentro del plazo establecido. Se entiende por estudiante opcionado, un estudiante que se ha inscrito en la convocatoria y cumple con los requisitos establecidos en el reglamento interno del programa. Se entiende por estudiante beneficiario aquel que ha sido seleccionado para la beca cumpliendo con los requisitos establecidos en el reglamento GDE-R-001 V6.
  • 4.4. Ecopetrol S.A. verificará con el Ministerio de Educación y el ICFES la idoneidad de la información suministrada por el/la postulante.
  • 4.5. Los postulantes son libres de participar en el proceso de selección y suministrar la información solicitada.
  • 4.6. El hecho de la postulación no genera ninguna clase de compromiso u obligación para Ecopetrol S.A.

 

Del proceso de acceso al beneficio:

  • 5.1. Los beneficiarios y las beneficiarias de la beca deberán formalizar el proceso de inscripción al programa de acuerdo con los parámetros especificados por Ecopetrol y el reglamento GDE-R-001 V6.
  • 5.2. Los beneficiarios y las beneficiarias del Programa dispondrán de un (1) año máximo para hacer uso del beneficio otorgado, contado a partir de la fecha de radicación de la comunicación de otorgamiento del beneficio entregado por Ecopetrol, con la excepción de quienes deban prestar servicio militar. En estos casos, a quien la Universidad les exija cancelar la matrícula para guardar el cupo, Ecopetrol S.A., les anticipará el 100% del valor de la matrícula para que puedan cumplir con esta exigencia.
  • 5.3. El programa Bachilleres Ecopetrol no apoya cursos de extensión y tampoco programas académicos de educación superior en el exterior.
  • 5.4. La beca cubre los gastos de los beneficiarios y las beneficiarias que están cursando o cursarán sus estudios en jornada diurna, en modalidad presencial y en instituciones de educación superior con aprobación oficial y que promueven la educación con calidad.
  • 5.5. Cada beneficiario/a se compromete a gestionar frente a la institución educativa el acceso a la misma.

 

Otras disposiciones con relación al programa de becas.

  • 6.1. Ecopetrol S.A. financiará solamente una (1) carrera profesional a cada Bachiller, conforme a los semestres o créditos universitarios establecidos por cada institución educativa. No financiará adelantos en tiempos de vacaciones, ni intersemestrales ni intercambios en el exterior, matriculas extemporáneas, ni costos académicos adicionales ocasionados por la no legalización a tiempo.
  • 6.2. El beneficiado o la beneficiaria se compromete a mantener el promedio exigido por la Universidad.
  • 6.3. Ecopetrol sólo aceptará repetición o aplazamiento de un periodo, por temas médicos debidamente documentados.
  • 6.4. El beneficiario o la beneficiaria se compromete a participar de las actividades de acompañamiento, hará parte activa de la comunidad virtual del Programa y participará en las actividades relacionadas con el mismo y convocadas por Ecopetrol.
  • 6.5. El beneficiario o la beneficiaria deberá informar a Ecopetrol sobre su situación académica, a través de la preparación y presentación de un informe académico semestral en el que reconoce sus logros, retos y acciones de mejora.
  • 6.6. Los beneficiarios y las beneficiarias procurarán por honrar el apoyo recibido, destacándose por su excelencia académica y en lo posible retornando conocimiento y acompañamiento a Ecopetrol mediante los mecanismos que se establezcan en el marco del programa, sin que esto llegue a generar algún vínculo de índole laboral o contractual.
  • 6.7. Garantías a favor de Ecopetrol. Los beneficiarios y las beneficiarias deberán firmar, una vez inicien sus estudios, un pagaré en blanco a favor de ECOPETROL de acuerdo con el documento denominado GTH F-120 o el que esté vigente, que deberá ser firmado por los padres del beneficiado y debidamente autenticado. Este pagaré se hará efectivo por el valor total de los desembolsos efectuados al estudiante, en cualquiera de los siguientes casos: a) cuando el beneficiario no utilice el anticipo para el pago de la matrícula. b) cuando se comprueban acciones fraudulentas por parte del beneficiario en relación con la beca.
  • 6.8. El cometer fraude al Beneficio Educativo, así como la falsedad o adulteración de documentos, serán sancionados por Ecopetrol de acuerdo con lo previsto en la Ley, y podrá hacerse exigible el pagaré. La notificación de los casos a las autoridades competentes será realizada por el funcionario del área de Ecopetrol que corresponda.
  • 6.9. Si un, o una bachiller Ecopetrol por cualquier razón es expulsado de la universidad donde estudia, también será retirado del programa.
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