Grupos Étnicos
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La política de Relacionamiento de Ecopetrol S.A. con los Grupos Étnicos

Grupos Étnicos

Grupos Étnicos

By uid=wpadmin,o=defaultWIMFileBasedRealm, last updated Sep 13, 2014
La política de Relacionamiento de Ecopetrol S.A. con los Grupos Étnicos se inscribe en el marco de valores corporativos orientados a proteger el medio ambiente y la integridad de las personas y colectividades, en concordancia con los derechos humanos universales y específicos de grupo, reconocidos para los grupos étnicos. Ecopetrol reconoce que las personas que pertenecen a dichas etnias y culturas cuentan con todos los derechos señalados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. Así mismo, Ecopetrol reconoce que estos grupos, en su calidad de minorías, cuentan con los derechos expuestos en la Declaración de las Naciones Unidas de 1992 sobre los Derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas.

En reconocimiento y sujeción a los tratados y acuerdos internacionales existentes, Ecopetrol reconoce y respeta:

 
  • El valor de la distintividad que identifica los Grupos Étnicos, para lo cual se hace necesario acatar y  promover sus derechos humanos, individuales y de grupo, y libertades fundamentales, así como sus estructuras organizativas, económicas y sociales.
  • El derecho a la salvaguarda y preservación de sus costumbres y prácticas sociales.
  • El derecho de propiedad y posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan, en concordancia con el reconocimiento que de ellas haya hecho el Gobierno acorde con las normas legales nacionales vigentes.
  • La importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los Grupos Étnicos Nacionales reviste su relación con las tierras o territorios, o con ambos, según los casos, que ocupan o utilizan de alguna otra manera, y en particular los aspectos colectivos de esa relación.
  • El derecho a la consulta libre, previa e informada, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, consultas que deberán efectuarse de buena fe y de una manera  apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el  consentimiento acerca de las medidas propuestas.
  • El derecho a participar siempre que sea posible, acorde con lo que disponga la legislación nacional, en los beneficios que reporten las actividades de explotación de los recursos hidrocarburíferos existentes en sus tierras.
  • El derecho a percibir indemnizaciones equitativas por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de las actividades que la Empresa pueda adelantar en sus territorios.
  • El derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural, de acuerdo al marco legal vigente en cada país.

En virtud a lo anterior Ecopetrol S.A., para el desarrollo de sus proyectos, operaciones, ampliación significativa de las mismas o desmantelamiento de instalaciones en territorios de estos Grupos, se compromete a:

  • Reconocer la existencia de los Grupos Étnicos
  • Identificar y conocer los Grupos Étnicos
  • Respetar los Grupos Étnicos
  • Privilegiar en sus proyectos y operaciones la distintividad
  • Respetar el conocimiento tradicional y la biodiversidad
  • Coadyuvar en iniciativas de promoción del Etnodesarrollo
  • El desarrollo de diálogos interculturales como base para el establecimiento de relaciones sostenibles
  • La búsqueda de acuerdos como propósito de los procesos de relacionamiento y consulta previa