Su interlocución debe ser con el funcionario autorizado o el Administrador
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Su interlocución debe ser con el funcionario autorizado o el Administrador



Posted Dec 28, 2016

Parte del buen desarrollo de los contratos depende de interlocutores autorizados que cuentan validación para el manejo y adelanto de cualquier proceso de la contratación.

Tenga en cuenta que los únicos interlocutores válidos en el desarrollo de sus contratos son: 

a) El funcionario autorizado, con quien usted suscribió el contrato.

b) El Administrador el contrato, quien tiene la interlocución para asegurar el cumplimiento del contrato en desarrollo de lo pactado en el mismo desde el inicio hasta el cierre del mismo.

c) Eventualmente el interventor, quien tendrá el liderazgo en el seguimiento técnico del cumplimiento del objeto del contrato 

d) En algunos contratos por la dispersión geográfica, existen perfiles de recibo de cantidades en sitio que se limitan a verificar la cantidad y calidad de los bienes recibidos en campo. En esta medida no es posible que usted reciba indicaciones de actores diferentes a los mencionados (respetando las competencias de cada funcionario), desconocer tal lineamiento implica actuar en contra de lo pactado contractualmente y poner en riesgo la ejecución de su contrato con Ecopetrol.

 





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